Pontevedra · Administración general · Post-Obadal

Abogado para funcionario interino de la Administración General en Pontevedra

El funcionario interino de la Administración General con destino en Pontevedra reclamación de fijeza por la jurisdicción social, ante el Juzgado de lo Social del lugar de prestación de servicios en Pontevedra, con recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (sede A Coruña), al amparo de la STJUE C-418/24 Obadal de 14 de abril de 2026 y la STS 475/2026 (Pleno de la Sala 4ª de lo Social). Marco normativo: TREBEP art. 10 + normativa autonómica de Función Pública.

Javier Álamo González · Socio fundador · Abuso de temporalidad en sector público
Col. ICATF5950 · Revisado 29 de mayo de 2026
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Lo esencial — Pontevedra

5 claves del administración general en Pontevedra

  1. 01El funcionario interino se rige por el TREBEP art. 10 con cuatro modalidades (vacante, sustitución, programas, exceso/acumulación) y normativa autonómica/local específica.
  2. 02El RDL 14/2021 modificó el TREBEP fijando un máximo de 3 años de interinidad en plaza vacante.
  3. 03La reclamación se articula ante la jurisdicción social (Juzgado de lo Social), al amparo de la STJUE C-418/24 Obadal y la STS 475/2026 del Pleno de la Sala 4ª de lo Social del Tribunal Supremo.
  4. 04La STJUE C-418/24 Obadal y el cuerpo previo (Sánchez Ruiz, Martínez Andrés) protegen al funcionario interino con cadena sucesiva sobre plaza estructural.
  5. 05Plazos clave: 20 días hábiles para impugnar el cese (art. 59.3 ET y art. 103 LRJS) y 1 año para la acción declarativa de fijeza (art. 59.1 ET).

Administración competente

Escola Galega de Administración Pública (EGAP) — Consellería de Facenda e Administración Pública

La jurisdicción competente para el funcionario interino de la Administración General en Pontevedra es la social. La demanda se interpone ante el Juzgado de lo Social del lugar de prestación de servicios en Pontevedra (art. 10 LRJS), previa conciliación ante el SMAC (art. 63 LRJS); el recurso de suplicación se sustancia ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (sede A Coruña). Plazo: art. 59 ET y LRJS · 20 días hábiles para impugnar el cese · 1 año para la acción declarativa de fijeza. Disponemos de procurador habilitado en Pontevedra y en toda España sin coste adicional para el cliente.

Normativa autonómica aplicable

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Procedimiento

Cómo reclamar en Pontevedra

  1. 01

    Estudio del puesto y la RPT

    1-3 días

    Verificar que la plaza está en la Relación de Puestos de Trabajo, su carácter estructural, codificación oficial y cadena completa de nombramientos.

  2. 02

    Conciliación previa (SMAC)

    15-30 días

    Papeleta de conciliación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación (art. 63 LRJS), trámite previo obligatorio invocando TREBEP art. 10 + RDL 14/2021 + doctrina Obadal/Sánchez Ruiz.

  3. 03

    Demanda ante el Juzgado de lo Social

    20 días / 1 año

    Demanda ante el Juzgado de lo Social competente. Acumulación posible de pretensión de fijeza + indemnización + reclamación de trienios (cláusula 4). 20 días para impugnar el cese; 1 año para la acción declarativa.

  4. 04

    Juicio y recursos

    12-24 meses

    Vista oral y sentencia. En su caso, recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ (art. 191 LRJS) y casación para unificación de doctrina ante la Sala 4ª del Tribunal Supremo (arts. 218 y ss. LRJS).

Preguntas frecuentes

Administración general en Pontevedra — dudas habituales

¿Cómo sé si mi plaza es estructural a efectos de Obadal?

Una plaza es estructural cuando está en la RPT y responde a una necesidad permanente del servicio. Pistas habituales: presupuesto fijo asignado, codificación oficial estable y permanencia del puesto en el organigrama.

¿Aplica Obadal a los nombramientos por acumulación de tareas?

Sí, especialmente cuando la "acumulación" se mantiene durante períodos sucesivos sobre el mismo puesto. El TJUE valora la realidad material, no la denominación formal.

¿Qué diferencia hay entre interino y funcionario de carrera tras Obadal?

La fijeza implica integración plena como funcionario de carrera con plaza propia. El indefinido no fijo es una figura híbrida que Obadal (apdo. 61) declara insuficiente.

¿Pueden reclamar los interinos de ayuntamientos pequeños?

Sí. La doctrina europea aplica a cualquier administración pública española sin importar el tamaño de la entidad. El factor relevante es la estructuralidad de la plaza.

¿Qué pasa si la oposición ya se ha convocado y voy a presentarme?

La participación no extingue el derecho a la sanción del abuso pasado. Puedes presentarte a la oposición y, en paralelo, reclamar la fijeza al amparo de Obadal.

¿Cuál es el plazo para reclamar?

20 días hábiles para impugnar el cese (art. 59.3 ET y art. 103 LRJS) y 1 año para la acción declarativa de fijeza (art. 59.1 ET). Mientras la relación abusiva persiste no prescribe la acción de fijeza. El plazo de 20 días es perentorio: un día fuera invalida la impugnación del cese.

Testimonios verificados

Clientes del despacho que confiaron en nosotros

Testimonios reales de clientes de Álamo & Antúnez Abogados procedentes del despacho madre en áreas laboral y de sector público.

A.G.
Alejandro González
Tenerife
«Tras ser despedido improcedentemente, me puse en contacto con Álamo Antúnez Abogados. Me explicaron todo el proceso de forma clara y me ayudaron a conseguir una indemnización justa.»
Despido improcedente · Reclamación
R.S.
Rocío San Martín
Tenerife
«El equipo demostró gran profesionalidad y trato cercano durante mi reclamación por accidente laboral. Gracias a su gestión, obtuve una indemnización que no me querían dar.»
Reclamación por accidente laboral
M.R.
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«Después de una larga batalla legal por mi incapacidad permanente, los abogados de Álamo Antúnez lograron que me concedieran la pensión que me correspondía.»
Incapacidad permanente · Seguridad Social
Y.V.
Yohady Valdés Negrín
Tenerife
«Después de 7 años en la misma empresa, sufrí un despido improcedente, y gracias al asesoramiento de Álamo y Asociados, logré que la empresa me pagara mi indemnización.»
Despido improcedente · 7 años en la misma empresa
M.M.
María Martín
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Cliente del despacho
A.G.
Antia González
Tenerife
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Cliente del despacho
D.M.
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Cliente del despacho

Los testimonios anteriores son de clientes reales del despacho Álamo & Antúnez Abogados procedentes principalmente del área laboral (despidos, accidentes laborales, incapacidad permanente). Reflejan el trato y profesionalidad del equipo, no constituyen garantía de resultado en materia de abuso de temporalidad del sector público. Cada caso requiere análisis individualizado.

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Esta página informa sobre el régimen del funcionario interino de la Administración General conforme al TREBEP, RDL 14/2021, Ley 20/2021 y jurisprudencia TJUE verificada. No constituye asesoramiento jurídico individualizado. La aplicación al caso concreto en Pontevedra requiere análisis de los nombramientos, plaza ocupada y plazos procesales aplicables en la vía social (20 días hábiles para impugnar el cese, art. 59.3 ET y art. 103 LRJS; 1 año para la acción declarativa de fijeza, art. 59.1 ET). Honorarios pactados por escrito conforme al RD 135/2021.