Duración prolongada del vínculo
Servicios continuados o casi continuados durante un periodo prolongado (orientativamente 3 años o más, según la jurisprudencia reciente del TS y la doctrina Obadal) en el mismo puesto o equivalente.
Elaborado porJavier Álamo González·Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife (ICATF)nº 5950·
Hub legal · Post-ObadalRespuesta directa: La reclamación de plaza fija (técnicamente «fijeza») se interpone ante la jurisdicción social, ante el órgano jurisdiccional competente. El procedimiento incluye la redacción y presentación de la demanda, la representación en el procedimiento principal —incluido el acto del juicio— y, en su caso, el recurso de suplicación. Mientras la relación se encuentra vigente puedes reclamar en cualquier momento; si hay cese, el plazo general para la acción declarativa es de un año, y el plazo para impugnar el propio cese es de veinte días hábiles. La doctrina aplicable es la fijada por la sentencia STJUE C-418/24 Obadal y la STS 475/2026 (Pleno Sala 4ª).
Plazos críticos · No esperes
Mientras la relación esté vigente puedes reclamar en cualquier momento. Tras un cese, los plazos corren: cada día cuenta.
Antes de iniciar cualquier reclamación es imprescindible analizar la cadena completa de contratos del interino. Esto incluye: tipo de contratos (interinidad por vacante, sustitución, programa, acumulación de tareas), duración acumulada total, continuidad o intermitencia, naturaleza estructural de la plaza ocupada (verificar si está en la RPT o equivalente), procesos selectivos convocados durante el período y, en su caso, participación del interino en los mismos.
Este análisis permite determinar si el caso encaja en el supuesto típico protegido por la doctrina Obadal y articular la mejor estrategia procesal posible. La consulta inicial con Álamo & Antúnez Abogados es gratuita.
La demanda articula los argumentos jurídicos sobre la base de la sentencia Obadal del TJUE y la STS 475/2026 del Pleno de la Sala 4ª, y solicita formalmente la transformación de la relación temporal abusiva en relación fija, con todos los efectos retroactivos y económicos asociados. Invoca expresamente la cláusula 5 del Acuerdo Marco anejo a la Directiva 1999/70/CE.
El despacho actúa en todo el territorio nacional mediante representación procesal sin coste adicional para el cliente.
El procedimiento incluye la actuación de los letrados en la vista judicial y todas las actuaciones procesales hasta obtener la sentencia. La duración estimada varía según la carga del juzgado.
Si la sentencia es desfavorable, cabe interponer el correspondiente recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia competente.
Los honorarios se pactan por escrito antes del encargo profesional, conforme al Estatuto General de la Abogacía Española (RD 135/2021) y al Código Deontológico. En reclamaciones de fijeza por abuso de temporalidad se aplican fórmulas mixtas (honorarios base + cuota litis a éxito) que se fijan desde el primer contacto.
La consulta inicial es siempre gratuita y sin compromiso. Si tras el análisis el caso no es viable, se informa con honestidad y no se inicia procedimiento alguno.
Profundiza en las páginas conectadas con este supuesto. Cada una aborda un aspecto procesal o sustantivo concreto del abuso de temporalidad en el empleo público.
Cada situación requiere análisis individualizado. Ofrecemos consulta inicial sin compromiso para valorar viabilidad jurídica y plazos legales aplicables.
Información jurídica elaborada por Álamo & Antúnez Abogados con referencia a la STJUE C-418/24 Obadal de 14 de abril de 2026. No constituye asesoramiento jurídico individualizado.
La cláusula 5 del Acuerdo Marco anejo a la Directiva 1999/70/CE prohíbe el uso encadenado de figuras temporales sobre una plaza estructural. Si concurren los siguientes cinco indicios, encaja en la doctrina Obadal.
Servicios continuados o casi continuados durante un periodo prolongado (orientativamente 3 años o más, según la jurisprudencia reciente del TS y la doctrina Obadal) en el mismo puesto o equivalente.
Varios nombramientos consecutivos sin solución de continuidad real, aunque cambie el motivo formal.
La plaza figura en la Relación de Puestos de Trabajo, plantilla orgánica o presupuesto como permanente.
La Administración no ha convocado proceso selectivo efectivo dentro de plazo razonable para cubrir la plaza con personal fijo.
Realizas las mismas tareas, con la misma responsabilidad, que el personal de carrera o estatutario fijo del mismo cuerpo y escala.
No es indispensable que se den los cinco. Cuantos más concurran, más sólido es el caso. Estudio de viabilidad inicial sin compromiso.
Carta de emplazamiento (octubre 2024) + dictamen motivado (abril 2026) contra España por incumplimiento Directiva 1999/70/CE.
14 abr 2026Declara que ni indefinido no fijo, ni indemnización 20 días, ni Ley 20/2021 son sanción efectiva al abuso. Fijeza como única solución.
11 may 2026Primera respuesta del TS post-Obadal (rcud 3543/2023, ponente Molins García-Atance). Marca el rumbo del recurso de casación.
En vigorProceso finalizando con muchos interinos fuera o en lista de espera sin plaza. Para el TJUE no sanciona el abuso pasado.