Jurisdicción social · LRJS arts. 218 y ss.

Recurso de casación ante el Tribunal Supremo

El recurso extraordinario que llega hasta lo más alto. ¿Has perdido en suplicación o ante el TSJ y crees que tu caso tiene interés casacional? Esta guía explica cuándo procede, qué requisitos exige el TS, qué plazos manejas y por qué tras Obadal hay más espacio del habitual para la casación en materia de interinos.

Revisado por Javier Álamo González · Col. ICATF nº 5950

La pirámide jurisdiccional

1
Juzgado de lo Social
Primera instancia para todo el personal interino del sector público. Pruebas. Sentencia.
2
TSJ — Sala de lo Social (suplicación)
Recurso de suplicación (art. 191 y ss. LRJS). Plazo: 5 días para anunciar, luego formalizar.
3
Tribunal Supremo — Sala 4ª (casación para unificación de doctrina)
Recurso extraordinario (arts. 218 y ss. LRJS). Contradicción entre sentencias de TSJ. Admisión selectiva.

Por qué Obadal abre oportunidad casacional

La sentencia STJUE Obadal de 14 de abril de 2026 cuestiona el marco español de respuesta al abuso de temporalidad. En consecuencia, el propio Tribunal Supremo español está reorganizando su doctrina a lo largo de 2026. Esto crea ventana excepcional para recursos de casación bien articulados:

  • Hay cuestiones jurídicas nuevas (cuál es la medida efectiva, proporcional y disuasoria post-Obadal) que el TS no había abordado expresamente.
  • Existen contradicciones entre Salas de TSJ distintos sobre cómo aplicar Obadal en la práctica.
  • La doctrina TS pre-Obadal (20 días/año, INF como remedio) está en revisión, abriendo cuestiones de interpretación normativa.
  • El propio TS necesita construir doctrina homogénea para asentar el nuevo régimen.
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Preguntas frecuentes

Dudas sobre casación TS

¿Qué es el recurso de casación ante el Tribunal Supremo?
Recurso extraordinario que se interpone contra determinadas sentencias firmes con el objetivo de unificar la doctrina jurisprudencial. El personal interino del sector público reclama por la jurisdicción social, donde la casación para unificación de doctrina ante la Sala 4ª del TS se regula en los arts. 218 y ss. de la LRJS: exige contradicción entre sentencias de TSJ distintos sobre los mismos hechos, fundamentos y pretensiones. (En la vía contencioso-administrativa, ajena a estas reclamaciones, la casación se regula en los arts. 86 y ss. de la LJCA con el requisito del interés casacional objetivo.)
¿Cuándo procede en casos de abuso de temporalidad?
En la jurisdicción social —la que corresponde al personal interino—, cuando hay contradicción entre sentencias de Salas de lo Social de TSJ distintos sobre los mismos hechos, fundamentos y pretensiones (sentencias contradictorias). La casación para unificación de doctrina (arts. 218 y ss. LRJS) sirve precisamente para resolver esa disparidad entre TSJ aplicando la doctrina Obadal.
¿Qué requisitos tiene la casación para unificación de doctrina?
En la jurisdicción social (arts. 218 y ss. LRJS), el requisito esencial es la contradicción: aportar una o varias sentencias firmes de Salas de lo Social de TSJ distintos —o del propio TS— que, ante hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales, hayan llegado a pronunciamientos contradictorios. El escrito debe identificar con precisión la sentencia de contraste y el núcleo de la contradicción doctrinal. La admisión es selectiva.
¿Cuál es el plazo para preparar el recurso de casación?
En la jurisdicción social —la del personal interino—: 10 días para preparar la casación para unificación de doctrina y 15 días para formalizarla (arts. 220 y ss. LRJS), a contar desde la notificación de la sentencia de suplicación del TSJ. El escrito debe identificar la sentencia de contraste y el núcleo de la contradicción doctrinal.
¿Cuánto cuesta la casación?
Honorarios de letrado especializado en casación + procurador (obligatorio). La casación es procedimiento complejo y especializado; los honorarios son superiores a los de la primera instancia. Si hay condena en costas a la otra parte, se cubren. Pide presupuesto por escrito antes del encargo. La consulta inicial en Álamo & Antúnez Abogados es gratuita.
¿Cuántos recursos de casación se admiten en materia de interinos?
Pocos. La admisión por interés casacional objetivo es muy selectiva. El TS admite a trámite sólo los recursos que tienen claro valor doctrinal o que resuelven cuestiones nuevas. La fase de admisión es decisiva: muchos recursos de casación se inadmiten directamente sin entrar a fondo.
¿Es útil la casación tras Obadal?
Sí, mucho. Obadal abre cuestiones jurídicas nuevas sobre cuáles son las medidas efectivas, proporcionales y disuasorias en el régimen español. Los casos que articulen bien la cuestión casacional post-Obadal tienen alta probabilidad de ser admitidos, ya que el propio TS está construyendo su doctrina post-sentencia.
¿Hay casación per saltum o sin pasar por suplicación?
No con carácter general. La regla en la jurisdicción social es: primera instancia (Juzgado de lo Social) + suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ + casación para unificación de doctrina ante la Sala 4ª del TS. Hay supuestos excepcionales de casación directa que no aplican habitualmente al personal interino. La vía normal es escalonada.
¿La sentencia del TS tiene efectos para mi caso si gano en TSJ?
Si la otra parte (administración) recurre en casación y el TS confirma tu sentencia favorable del TSJ, la doctrina TS consolida tu posición. Si el TS revoca la sentencia del TSJ a favor de la administración, pierdes definitivamente. La casación es palanca de la administración cuando pierde en TSJ — pero también te permite consolidar tu victoria si ya ganaste.
¿Necesito abogado especializado en casación?
Sí. La casación es proceso técnico altamente especializado. La calidad del escrito de preparación determina la admisión; la calidad del escrito de interposición determina el éxito en cuanto a fondo. Recomendable letrado con experiencia específica en casación social en materia de empleo público. Álamo & Antúnez Abogados dirige estos asuntos en la jurisdicción social, incluida la unificación de doctrina ante la Sala 4ª del TS.

Aviso jurídico

Revisado por Javier Álamo González · Col. ICATF nº 5950. Álamo & Antúnez Abogados (Col. nº 5950 y nº 5951). Las reclamaciones del personal interino se sustancian por la jurisdicción social, incluida la casación para unificación de doctrina ante la Sala 4ª del Tribunal Supremo.

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