Sanidad pública · Andalucía

Abogados para reclamar tu plaza fija en SAS

Respuesta directa: Personal estatutario temporal del SAS (Servicio Andaluz de Salud) con nombramientos abusivamente sucesivos en cualquiera de las áreas de salud andaluzas, hospitales y centros de atención primaria. Tras la sentencia STJUE C-418/24 Obadal de 14 de abril de 2026 y la STS 475/2026 (Pleno de la Sala 4ª de lo Social), estos colectivos pueden reclamar su plaza fija (técnicamente «fijeza») por la jurisdicción social, ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de 20 días hábiles para impugnar el cese (art. 59.3 ET) o de 1 año para la acción declarativa de fijeza (art. 59.1 ET).

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Vocabulario y terminología de SAS

Términos jurídicos y administrativos que utilizamos en cada reclamación frente al SAS — Servicio Andaluz de Salud:

Personal estatutario SASOPE SASAtención primaria andaluzaHospital público SASBolsa única SAS

Caso tipo en SAS

Médico de Familia interino sin OPE convocada

12 años cubriendo plaza estructural en centro de salud andaluz mediante nombramientos por sustitución encadenados. Procede fijeza estatutaria.

Proceso de reclamación frente al SAS

  1. Análisis de la cadena de nombramientos. Revisamos toda tu vinculación con el SAS: tipos de nombramientos, duración, naturaleza estructural de la plaza, OPEs convocadas.
  2. Conciliación previa ante el SMAC (papeleta de conciliación, art. 63 LRJS), trámite previo obligatorio invocando expresamente la doctrina Obadal y la Directiva 1999/70/CE.
  3. Demanda ante el Juzgado de lo Social competente por el lugar de prestación de servicios (jurisdicción social, art. 10 LRJS), en el plazo de 20 días hábiles para impugnar el cese (art. 59.3 ET) o de 1 año para la acción declarativa de fijeza (art. 59.1 ET). Representación procesal local en Sevilla.
  4. Seguimiento procesal completo hasta sentencia firme, con recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía (art. 191 LRJS) y casación para unificación de doctrina ante la Sala 4ª de lo Social del Tribunal Supremo (arts. 218 y ss. LRJS) en supuestos doctrinalmente relevantes.

Preguntas frecuentes · interinos SAS

¿Trabajo en SAS, puedo reclamar la fijeza tras la sentencia Obadal?
Sí, si llevas nombramientos temporales sucesivos en una plaza estructural del SAS — Servicio Andaluz de Salud durante tres o más años continuados o equivalentes. La sentencia STJUE C-418/24 Obadal de 14 de abril de 2026 aplica plenamente al personal interino del sector público español, sin distinción entre administración autonómica, estatal o local.
¿Ante qué tribunal se interpone la demanda contra SAS?
Ante el Juzgado de lo Social competente por el lugar de prestación de servicios (jurisdicción social, art. 10 LRJS), con recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía. El despacho actúa con representación procesal local en Sevilla sin coste adicional.
¿Las OPEs convocadas por SAS extinguen mi derecho?
No. La sentencia Obadal precisa que la convocatoria de procedimientos selectivos abiertos no sanciona por sí sola el abuso pasado. El derecho a la sanción del abuso ya producido es independiente de la oposición futura. Puedes presentarte a la OPE y, en paralelo, reclamar la fijeza.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
En la jurisdicción social el plazo es de 20 días hábiles desde el cese para impugnarlo (art. 59.3 ET y art. 103 LRJS) y de 1 año para la acción declarativa de fijeza (art. 59.1 ET). Mientras la relación abusiva persiste, la acción de fijeza no prescribe. El plazo de 20 días es perentorio: un día fuera lo invalida.
¿Tengo que ser personal fijo para que se me aplique la doctrina Obadal?
Al contrario. La doctrina Obadal protege específicamente al personal temporal —interino, eventual, estatutario temporal— con nombramientos abusivamente sucesivos. No se aplica al personal que ya es de carrera o fijo.

Provincias de Andalucía donde actuamos

SevillaMálagaGranadaAlmeríaCádizCórdobaHuelvaJaén

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